martes, 27 de junio de 2017

Tasaciones periciales. PLUSVALÍAS


La plusvalía, como se conoce habitualmente al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, es un impuesto municipal que grava el incremento del valor que experimenta el suelo entre el momento de la compra y el momento de la venta del inmueble. Este impuesto también se aplica en casos de herencias y donaciones.
Los ayuntamientos para obtener el importe de la plusvalía no tienen en cuenta el valor real de la transacción, sino el valor catastral del suelo entre el momento de la compra y el momento de la venta, aplicando unos coeficientes.
La Sentencia del Tribunal Constitucional obliga a los ayuntamiento a introducir los cambios legislativos oportunos para que la plusvalía sólo pueda cobrarse en los casos en que haya habido ganancias en la transmisión de un inmueble, con respecto a la compra del mismo.
¿ cómo solicitar la devolución o el pago indebido?
Con esta sentencia los contribuyentes que se hayan visto afectados por el impuesto indebidamente liquidado durante los últimos cuatro años, podrán solicitar su rectificación y devolución en vía administrativa y/o en vía judicial. Para ello será necesario acreditar la disminución del valor del terreno entre la fecha de compra y la fecha de venta, mediante una tasación pericial realizada por un experto.

Contacta con nosotros e infórmate
Si ya has pagado el impuesto de Plusvalía o no estás de acuerdo con la liquidación propuesta puedes ponerte en contacto con nosotros y te ayudaremos a estimar el valor del suelo a fecha de compra y a fecha de venta.


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